IMPULSARTE Ayudas para la consolidación de tu empresa 2024 

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA MANTENIMIENTO Y CONSOLIDACIÓN DEL EMPLEO AUTÓNOMO DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA. “IMPULSARTE 2024”


JUSTIFICACIÓN de las Subvenciones para mantenimiento y consolidación del empleo autónomo de la provincia de Córdoba “IMPULSARTE” 2024.

Publicado Anuncio en el Tablón de Edictos de la sede electrónica de IPRODECO, por el que se abre el plazo para presentar las justificaciones del programa “IMPULSARTE” 2024. Los beneficiarios dispondrán desde el 10 de Marzo de 2025  hasta el 20 de septiembre de 2025, hasta las 23:59 horas a través de la sede electrónica  y en el Registro General de 9:00 a 14:00 horas.

La documentación necesaria para la justificación se presentará por alguno de los siguientes procedimientos:

a). Presencialmente con firma manuscrita o digital en el Registro General de IPRODECO sito en Avenida del Mediterráneo s/n, de lunes a viernes en horario de 9.00 a 14.00 y en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, conforme el  Anexo V

b). De forma telemática a través del Registro Electrónico de IPRODECO  mediante el formulario electrónico habilitado al efecto.

Más información:

Enlace al procedimiento de la sede electrónica

ANEXO V. FORMULARIO DE PRESENTACIÓN DE JUSTIFICACIÓN. ( solo en el caso de presentación presencial)

ANEXO VI. RELACIÓN CLASIFICADA DE GASTOS E INGRESOS

IMPORTANTE (Por favor leer detenidamente antes de presentar la justificación)

Documentación que se debe acompañar a la justificación:

  • Informe de Vida Laboral con fecha de presentación de  la justificación.
  • Certificado de Situación en el Censo de Actividades Económicas. Con fecha de presentación de la justificación
  • Acreditación del cumplimiento de las MEDIDAS DE DIFUSIÓN contenidas en el apartado l de la base 18 de la convocatoria, adjuntando un soporte documental (fotografía de cartel de difusión en el lugar donde se desarrolla la actividad).

Firma de documentos: TODOS LOS ANEXOS SE DEBEN ADJUNTAR FIRMADOS

OTROS ANEXOS (En su caso):

ANEXO VII. RENUNCIA A LA SUBVENCIÓN CONCEDIDA

ANEXO VIII. COMUNICACIÓN DE LA DEVOLUCION VOLUNTARIA DE LA SUBVENCIÓN A INICIATIVA DEL PERCEPTOR

Bases de la Convocatoria»


Publicado en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica del Instituto Provincial de Desarrollo Económico la relación de personas interesadas que no habiendo atendido al requerimiento de subsanación de defectos apreciados o no habiendo presentado o presentado de forma incorrecta o fuera de plazo la documentación requerida en los términos recogidos en la Bases de la Convocatoria no pueden continuar en el procedimiento.

Información complementaria relación de solicitudes no subsanadas


Publicado en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica del Instituto Provincial de Desarrollo Económico la Propuesta de Resolución Provisional de la Convocatoria de subvenciones para el mantenimiento y consolidación del empleo autónomo de la provincia de Córdoba “IMPULSARTE 2024”. Las alegaciones se presentarán en el Registro General de IPRODECO, de forma telemática a través del Registro Electrónico de IPRODECO o de conformidad con el procedimiento descrito en la Base 10 de la Convocatoria. Las personas interesadas dispondrán de diez días hábiles para presentar alegaciones contados a partir del día siguiente a dicha publicación (finaliza el 3/12/2023 a las 23.59 horas, a través de la sede electrónica).

Propuesta de resolución provisional de la Convocatoria de subvenciones para el mantenimiento y consolidación del empleo autónomo de la provincia de Córdoba “IMPULSARTE 2024”


Información sobre Subsanación de defectos de las solicitudes de la Convocatoria de subvenciones al apoyo y consolidación del empleo autónomo en la provincia de Córdoba IMPULSARTE 2024 promovida por IPRODECO.

Anuncio subsanación de defectos IMPULSARTE 2024

Enlace al trámite Sede Electrónica de IPRODECO


OBJETO
            Fomentar la consolidación de los proyectos empresariales sustentados en el trabajo autónomo en la provincia de Córdoba, que han iniciado su actividad con anterioridad 1 de enero de 2023, propiciando así el mantenimiento y consolidación del tejido productivo de nuestra provincia.
PRESUPUESTO
            El presupuesto máximo disponible para la concesión de las subvenciones a las que se refiere la presente Convocatoria es de 450.000,00€.
CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN
          La cuantía de las subvención por beneficiario será de mil quinientos euros (1.500,00€). Esta cuantía se fija como un importe cierto y no es un porcentaje o fracción del coste o del presupuesto total de las acciones financiadas, por lo que, de conformidad con el párrafo 2 del artículo 32 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones se entiende que queda de cuenta del beneficiario la diferencia de financiación necesaria para la total ejecución de la actividad subvencionada.
RÉGIMEN DE CONCESIÓN
          Régimen de concurrencia competitiva
BENEFICIARIOS
Podrán solicitar la subvención objeto de las presentes bases y obtener la condición de beneficiarios las personas trabajadoras autónomas (*) que reúnan los siguientes REQUISITOS:
  • Estar dadas de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o de los/as trabajadores/as pertenecientes a un colegio profesional con mutualidad alternativa, al menos desde el 1 de Enero de 2023 de manera continuada, la acreditación de este requisito se deberá reflejar en el  Informe de Vida Laboral. 
  • Estar ubicadas y ejercer su actividad económica, en cualquiera de los municipios de la provincia de Córdoba con población inferior a 50.000 habitantes. Aquellas actividades económicas que tengan un ámbito superior al provincial se entenderán que no cumplen el requisito anteriormente mencionado. La acreditación de los mencionados requisitos se deberá reflejar en el Certificado de Situación en el Censo del Impuesto Actividades Económicas, mediante la dirección del local o establecimiento donde desarrollen la actividad económica, afecto a la misma. En el caso que desarrollen su actividad fuera de local determinado, se tendrá en cuenta el municipio donde desarrolle su actividad recogido en el Certificado de Situación del Censo el IAE. Los datos recogidos en el mencionado certificado acreditarán el cumplimiento de los requisitos así como a efectos de otorgar la puntuación en el autobaremo, en todos los criterios.
  • Estar al corriente de las Obligaciones Tributarias y de Seguridad Social y de sus Obligaciones con IPRODECO y Diputación de Córdoba.
  • Cumplir los requisitos y condiciones establecidos en las presentes Bases, en la LGS y en el Reglamento.
    A los efectos de las presentes bases se entenderá por (*) personas trabajadoras autónomas las personas físicas que realicen de forma habitual, personal, directa, por cuenta propia y fuera del ámbito de dirección y organización de otra persona, una actividad económica o profesional a título lucrativo. 
     
  • PLAZO DE EJECUCIÓN
    Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2024. 
    CONCEPTOS SUBVENCIONABLES
    Se consideran elegibles únicamente los siguientes gastos corrientes:
  • Cuotas de la seguridad social referentes al RETA o mutualidad alternativa.
  • Alquiler del inmueble donde ejerce y desarrolla la actividad, en la que figure la persona autónoma como arrendatario.
  • Suministros de electricidad, agua, gas, telefonía y/o conexión a Internet en el que figure como titular el solicitante de la ayuda, y el domicilio se corresponda con la dirección del centro de trabajo.
  • Costes de Marketing y publicidad (diseños de envases y etiquetas, logotipos, campañas de comercialización,..).
  • CRITERIOS DE VALORACIÓN
    1.- Según el número de habitantes del municipio donde se desarrollan su actividad económica (Máximo 7 puntos):
    Municipios de hasta 3.000 habitantes —————— 7 puntos
    Municipios entre 3.001 y 10.000 habitantes ———-5 puntos
    Municipios entre 10.001 y 50.000 habitantes ——- 2 puntos

    2.- Según el tiempo que lleva constituido como Autónomo/a de manera continuada (según Base 4). (Máximo 10 puntos)
    Permanencia  de más de 5 años ————————- 10 puntos
    Permanencia entre 3 y 5 años ——————————- 5 puntos

    Acceso a la solicitud y documentación