
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA MANTENIMIENTO Y CONSOLIDACIÓN DEL EMPLEO AUTÓNOMO DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA. “IMPULSARTE 2024”
JUSTIFICACIÓN de las Subvenciones para mantenimiento y consolidación del empleo autónomo de la provincia de Córdoba “IMPULSARTE” 2024.
Publicado Anuncio en el Tablón de Edictos de la sede electrónica de IPRODECO, por el que se abre el plazo para presentar las justificaciones del programa “IMPULSARTE” 2024. Los beneficiarios dispondrán desde el 10 de Marzo de 2025 hasta el 20 de septiembre de 2025, hasta las 23:59 horas a través de la sede electrónica y en el Registro General de 9:00 a 14:00 horas.
La documentación necesaria para la justificación se presentará por alguno de los siguientes procedimientos:
a). Presencialmente con firma manuscrita o digital en el Registro General de IPRODECO sito en Avenida del Mediterráneo s/n, de lunes a viernes en horario de 9.00 a 14.00 y en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, conforme el Anexo V
b). De forma telemática a través del Registro Electrónico de IPRODECO mediante el formulario electrónico habilitado al efecto.
Más información:
Enlace al procedimiento de la sede electrónica
ANEXO V. FORMULARIO DE PRESENTACIÓN DE JUSTIFICACIÓN. ( solo en el caso de presentación presencial)
ANEXO VI. RELACIÓN CLASIFICADA DE GASTOS E INGRESOS
IMPORTANTE (Por favor leer detenidamente antes de presentar la justificación)
Documentación que se debe acompañar a la justificación:
- Informe de Vida Laboral con fecha de presentación de la justificación.
- Certificado de Situación en el Censo de Actividades Económicas. Con fecha de presentación de la justificación
- Acreditación del cumplimiento de las MEDIDAS DE DIFUSIÓN contenidas en el apartado l de la base 18 de la convocatoria, adjuntando un soporte documental (fotografía de cartel de difusión en el lugar donde se desarrolla la actividad).
Firma de documentos: TODOS LOS ANEXOS SE DEBEN ADJUNTAR FIRMADOS
OTROS ANEXOS (En su caso):
ANEXO VII. RENUNCIA A LA SUBVENCIÓN CONCEDIDA
ANEXO VIII. COMUNICACIÓN DE LA DEVOLUCION VOLUNTARIA DE LA SUBVENCIÓN A INICIATIVA DEL PERCEPTOR
Publicado en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica del Instituto Provincial de Desarrollo Económico la relación de personas interesadas que no habiendo atendido al requerimiento de subsanación de defectos apreciados o no habiendo presentado o presentado de forma incorrecta o fuera de plazo la documentación requerida en los términos recogidos en la Bases de la Convocatoria no pueden continuar en el procedimiento.
Información complementaria relación de solicitudes no subsanadas
Publicado en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica del Instituto Provincial de Desarrollo Económico la Propuesta de Resolución Provisional de la Convocatoria de subvenciones para el mantenimiento y consolidación del empleo autónomo de la provincia de Córdoba “IMPULSARTE 2024”. Las alegaciones se presentarán en el Registro General de IPRODECO, de forma telemática a través del Registro Electrónico de IPRODECO o de conformidad con el procedimiento descrito en la Base 10 de la Convocatoria. Las personas interesadas dispondrán de diez días hábiles para presentar alegaciones contados a partir del día siguiente a dicha publicación (finaliza el 3/12/2023 a las 23.59 horas, a través de la sede electrónica).
Información sobre Subsanación de defectos de las solicitudes de la Convocatoria de subvenciones al apoyo y consolidación del empleo autónomo en la provincia de Córdoba IMPULSARTE 2024 promovida por IPRODECO.
Anuncio subsanación de defectos IMPULSARTE 2024
Enlace al trámite Sede Electrónica de IPRODECO
OBJETO |
Fomentar la consolidación de los proyectos empresariales sustentados en el trabajo autónomo en la provincia de Córdoba, que han iniciado su actividad con anterioridad 1 de enero de 2023, propiciando así el mantenimiento y consolidación del tejido productivo de nuestra provincia. |
PRESUPUESTO |
El presupuesto máximo disponible para la concesión de las subvenciones a las que se refiere la presente Convocatoria es de 450.000,00€. |
CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN |
La cuantía de las subvención por beneficiario será de mil quinientos euros (1.500,00€). Esta cuantía se fija como un importe cierto y no es un porcentaje o fracción del coste o del presupuesto total de las acciones financiadas, por lo que, de conformidad con el párrafo 2 del artículo 32 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones se entiende que queda de cuenta del beneficiario la diferencia de financiación necesaria para la total ejecución de la actividad subvencionada. |
RÉGIMEN DE CONCESIÓN |
Régimen de concurrencia competitiva |
BENEFICIARIOS |
Podrán solicitar la subvención objeto de las presentes bases y obtener la condición de beneficiarios las personas trabajadoras autónomas (*) que reúnan los siguientes REQUISITOS: A los efectos de las presentes bases se entenderá por (*) personas trabajadoras autónomas las personas físicas que realicen de forma habitual, personal, directa, por cuenta propia y fuera del ámbito de dirección y organización de otra persona, una actividad económica o profesional a título lucrativo. |
PLAZO DE EJECUCIÓN |
Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2024. |
CONCEPTOS SUBVENCIONABLES |
Se consideran elegibles únicamente los siguientes gastos corrientes: |
CRITERIOS DE VALORACIÓN |
1.- Según el número de habitantes del municipio donde se desarrollan su actividad económica (Máximo 7 puntos): Municipios de hasta 3.000 habitantes —————— 7 puntos Municipios entre 3.001 y 10.000 habitantes ———-5 puntos Municipios entre 10.001 y 50.000 habitantes ——- 2 puntos 2.- Según el tiempo que lleva constituido como Autónomo/a de manera continuada (según Base 4). (Máximo 10 puntos) Permanencia de más de 5 años ————————- 10 puntos Permanencia entre 3 y 5 años ——————————- 5 puntos |