CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA PROYECTOS PROMOVIDOS POR ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO DE CARÁCTER EMPRESARIAL QUE FOMENTEN EL DESARROLLO ECONÓMICO DE LOS MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA. “IPRODESAL 2024”
Información sobre requerimiento de documentación en las solicitudes presentadas en la Convocatoria de Subvenciones para proyectos promovidos por Entidades sin ánimo de lucro de carácter Empresarial que fomenten el desarrollo económico de los municipios de la provincia “IPRODESAL 2024”.
Publicado Anuncio Subsanación de Defectos Solicitudes: Plazo hasta 7-10-2024)
Enlace al trámite Sede Electrónica de Iprodeco
OBJETO |
Establecer las condiciones de concesión de subvenciones promovidas por IPRODECO para las Entidades sin ánimo de lucro, con carácter empresarial y con sede en nuestra provincia, que realicen proyectos que favorezcan el desarrollo económico de los municipios de nuestra provincia, dentro de las siguientes líneas de actuación: 1. Proyectos vinculados a estrategias comerciales tales como asistencia a ferias, planificación y organización de eventos comerciales, sectoriales y promoción en general del tejido empresarial de la provincia 2. Organización de congresos, jornadas, cursos formación que fomente el empredimiento e intraemprendimiento a través de la implementación de planes de mejora de las empresas, adecuada gestión de los recursos y establecimiento de ideas innovadoras 3. Mejora de la actividad y competitividad de los sectores: industrial, turístico, artesanal, comercial, agroalimentario, textil, manufacturera, cultural y en definitiva de la economía vinculada a los recursos autóctonos de nuestros territorios |
PRESUPUESTO |
El presupuesto máximo disponible para la concesión de las subvenciones a las que se refiere la presente Convocatoria es de 160.000,00€. En el caso de que se requiera una cuantía adicional para atender las necesidades de la presente Convocatoria durante el ejercicio presupuestario 2024, su aplicación a la concesión de las subvenciones previstas en la misma no requerirá de una nueva Convocatoria de conformidad con la previsión recogida en el artículo 58.2 del Reglamento de la LGS. Esta cuantía adicional se estima en la cantidad de hasta 40.000,00 €. |
CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN |
La cuantía de las subvención podrá llegar hasta el 100% de los conceptos de gasto subvencionable por un importe máximo de 10.000,00€ por línea de actuación y entidad solicitante. |
RÉGIMEN DE CONCESIÓN |
Régimen de concurrencia competitiva |
BENEFICIARIOS |
Podrán solicitar la subvención objeto de las presentes bases y obtener la condición de beneficiarias las Entidades sin ánimo de lucro de ámbito empresarial que realicen proyectos de desarrollo económico en los municipios de la provincia de Córdoba y que cumplan los siguientes requisitos: |
PLAZO DE EJECUCIÓN |
Del 1 de abril de 2024 al 31 de marzo de 2025. |
GASTOS SUBVENCIONABLES |
Se consideran elegibles únicamente los siguientes gastos corrientes: |
CRITERIOS DE VALORACIÓN |
1.- Porcentaje de financiación propia, entendido como los recursos propios que aporta la Entidad beneficiaria en el coste total del proyecto: (Máximo 35 puntos) Más de un 10% y hasta el 15% 5 puntos Más de un 15% y hasta el 20% 10 puntos Más de un 20% y hasta el 25% 15 puntos Más de un 25% y hasta el 30% 20 puntos Más de un 30% y hasta el 35% 25 puntos Más de un 35% y hasta el 40% 30 puntos Más de un 40% 35 puntos 2.- Impacto en el territorio, entendida como el número de municipios beneficiados de las actuaciones del proyecto (Máximo 25 puntos). 2 municipios participantes 10 puntos De 3 a más municipios participantes 25 puntos 3.- Proyectos desarrollados según el número de habitantes del municipio donde se desarrolla el proyecto (Máximo 10 puntos): Municipios de hasta 3.000 habitantes 10 puntos Municipios entre 3.001 y 10.000 habitantes 5 puntos Municipios entre 10.001 y 50.000 habitantes 2 puntos |